Una obra social deberá indemnizar a una afiliada por daño moral
Publicado por Aisdro -La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó una sentencia que condenó a la obra social de los docentes particulares (Osdop) al pago de 100.000 pesos en concepto de daño moral en favor de una mujer, por haber dilatado la cobertura integral de atención médica de su hija discapacitada, que había sido ordenada judicialmente.
El fallo, suscripto por los camaristas Aníbal Pineda y Fernando Lorenzo Barbará, se dictó a raíz de la demanda contra la aseguradora, por no cumplir con la atención de la menor “dilatando injustificadamente la efectivización de las prestaciones e incluso negándolas sin motivo alguno”, pese a que existía una sentencia firme que lo ordenaba.
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